Share
LAS ENSEÑANZAS ESCOLARES EN MATERIA DE RELIGIÓN EN LA UNIÓN EUROPEA  2017

Este extenso estudio sobre la Enseñanza Religiosa en Europa ha sido realizado por el profesor italiano Flavio Pajer.  El autor ha autorizado expresa y fehacientemente a la Consejería ERE de FEREDE, la publicación y difusión de estos contenidos. Queda terminantemente prohibido la publicación de los mismos sin contactar con la Consejería de ERE.   

 

ALEMANIA – DE 

República federal parlamentaria (16 estados federados) – Miembro de la UE desde 1957 – Población 82.605.000 habitantes

RELIGIONES: católicos 30.8%; protestantes 30.3%; musulmanes 4,5%; otras, y sin religión 25%

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Departamentos de educación de los distintos estados federados

ESCUELAS CONFESIONALES: Escuelas privadas: católicos 30,8%; protestantes 30,3%; musulmanes 4,5%; otras, y sin religión 25% – Dos horas semanales de media.

EEMR: Religión católica/ Evangélica / Islámica (desde 1989) / budista (desde 2003) – Dos horas.

BASE LEGAL: Constitución de 1949; sínodos de las Iglesias evangélica y católica de 1972-1974; convenios con el islam local

PERFIL CURRICULAR: Opcionalidad obligatoria; posible materia de examen público. – Excepciones regionales: facultativo en Berlín; obligatorio pero aconfesional en Bremen; y curso opcional Vida Ética y Religión (LER) en la ex Alemania del Este

ALTERNATIVA: Ética, Normas y Valores; filosofía de la Religión; Historia de las Religiones; y Visiones no Religiosas de la Vida (Humanistische Lebenskunde)

DOCENTE: •TÍTULO: Diplomas y maestrías en pedagogía de la Religión, obtenidos en Facultades Teológicas de universidades del Estado. •IDONEIDAD: Missio canónica para docentes católicos; Vocatio para docentes protestantes. •REMUNERACIÓN: a cargo de las respectivas Iglesias u organizaciones religiosas

 

 AUSTRIA- AT 

República federal parlamentaria (9 estados federados) – Miembro de la UE desde 1994 – Población 8.787.00

habitantes

RELIGIONES: cristianos 73,3%; (católicos 66%); musulmanes 4,2%; no religiosos 12%

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Ministerio de educación Nacional (Viena)

ESCUELAS CONFESIONALES: Escuelas católicas 5,8%; (con cursos sobre otras religiones para estudiantes de otras confesiones). Escuelas de minorías religiosas.

EEMR: Religión católica; 14 enseñanzas confesionales de otras tantas Iglesias cristianas y otras religiones reconocidas – Dos horas semanales.

BASE LEGAL: Concordato 1933; leyes estatales 1949 y 1962.

PERFIL CURRICULAR: Opcionalidad obligatoria; con valoración, posibilidad de exoneración.

ALTERNATIVA: Ética no confesional obligatoria, con valoración

DOCENTE: •TÍTULO: Diploma en pedagogía de la Religión en Primaria, Maestría en Teología en Secundaria. •IDONEIDAD: Missio canónica para docentes católicos; Vocatio para docentes protestantes. •REMUNERACIÓN: a cargo de la Administración Pública.

 

 BÉLGICA- BE  

Monarquía parlamentaria – Miembro de la UE desde 1957 – Población 11.390.000 habitantes

RELIGIONES: cristianos 62,2%; (católicos 60,2%); musulmanes 4%; judíos 1% otras religiones 1,8%; no religiosos 31%

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Departamentos de educación de las tres comunidades lingüísticas.

ESCUELAS CONFESIONALES: Escuelas públicas libres o Écoles libres. Católicas 50% en Valonia y 68% en Flandes; judías e islámicas.

EEMR: Religión católica / ortodoxa / protestante / judía / islámica; Filosofía y Ciudadanía (desde 2017) • Dos horas semanales.

BASE LEGAL: Constitución de 1831 y modificaciones posteriores; pacto escolar de 1959; consulta de los musulmanes de Bélgica de 1999.

PERFIL CURRICULAR: Opcionalidad obligatoria; disciplina con valoración, frecuentada de los 6 a los 18 años.

ALTERNATIVA: Ética no confesional.

DOCENTE: •TÍTULO: Diploma en Ciencias Religiosas en Primaria, Licenciatura de cuatro años en Teología o ciencias afines en Secundaria. •IDONEIDAD: Disposiciones de empleo eclesial de los maestros, profesores e inspectores (1974); la figura del inspector. •REMUNERACIÓN: a cargo de la Administración Pública.

 

 BULGARIA -BG 

República parlamentaria – Miembro de la UE desde 2007 – Población 7.200.000 habitantes

RELIGIONES: ortodoxos 76%; musulmanes 10%; católicos y protestantes 1,9%; no religiosos 12%

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Ministerio de Educación Nacional (Sofía)

ESCUELAS CONFESIONALES: Ninguna. El sistema educativo es totalmente estatal.

EEMR: Religión cristiana; religión islámica. Una hora semanal en Primaria. ●Alumnos voluntarios participantes 38%.

BASE LEGAL: Leyes parlamentarias de 2003 y 2007

PERFIL CURRICULAR: Facultativo y presente, solo en Primaria.

ALTERNATIVA: Ninguna.

DOCENTE: •TÍTULO: Diplomados voluntarios en la Facultad de Teología Ortodoxa para Secundaria. •IDONEIDAD: No. •REMUNERACIÓN: a cargo de la Administración Pública.

 

 CHIPRE – CY 

República presidencialista (Distinta de la República turca del norte de Chipre) – Miembro de la UE desde 2004 – Población

847.000 habitantes

RELIGIONES: ortodoxos 89%; católicos 3%; otros cristianos 2% musulmanes 1,8%; otras religiones 3,6%; no religiosos 0,6%

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Ministerio de Educación y Cultura (Nicosia)

ESCUELAS CONFESIONALES: Si, pero solamente privadas.

EEMR: Educación cristiana ortodoxa en Primaria y Secundaria. Dos horas Semanales.

BASE LEGAL: Constitución de 1974; currículo nacional del Ministerio de 1996.

PERFIL CURRICULAR: Obligatorio con posibilidad de exoneración.

ALTERNATIVA: Ninguna.

DOCENTE: •TÍTULO: Ningún título para primaria; especialización en Teología Ortodoxa para Secundaria. •IDONEIDAD: No. •REMUNERACIÓN: a cargo de la Administración Pública.

 

 CROACIA – HR 

República Parlamentaria. – Miembro de la UE desde 2013– Población 4.330.000 habitantes

RELIGIONES: católicos 83,3%; ortodoxos 4,4%; musulmanes 1,5%; protestantes 0,3% otras religiones 3,5%; no religiosos 4%

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Ministerio de Ciencia, Formación y Deportes (Zagreb)

ESCUELAS CONFESIONALES: Escuelas católicas 3%.

EEMR: Religión católica / islámica / ortodoxa. Dos horas en Primaria, una hora en Secundaria.

BASE LEGAL: Constitución de 1990; leyes estatales, Concordato de 1996, convenios de 1990.

PERFIL CURRICULAR: Facultativo. En Primaria, Ética en Secundaria.

ALTERNATIVA: Ninguna.

DOCENTE: •TÍTULO: Estudios en materia religiosa análogos a los títulos académicos de los demás docentes; especialización en Teología Ortodoxa para Secundaria. •IDONEIDAD: Mandato canónico emitido por el ordinario (para el docente católico). •REMUNERACIÓN: a cargo de la Administración Pública.

 

 DINAMARCA – DK 

Monarquía Parlamentaria. – Miembro de la UE desde 1973– Población 5.700.000 habitantes

RELIGIONES: Iglesia nacional danesa 84,3%; musulmanes 3,7%; protestantes 0,3% otras religiones 5,1%; no religiosos 6,9%

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Ministerio de Educación (Copenhague)

ESCUELAS CONFESIONALES: Escuelas católicas 1% (con el 83% de estudiantes no católicos); escuelas privadas aconfesionales.

EEMR: Conocimiento del cristianismo (Kristendom–Skundskab); Estudios Culturales y Generales (en secundaria desde 2006).

BASE LEGAL: Leyes estatales de 1975, 1993, y 2006.

PERFIL CURRICULAR: Obligatorio (de los 6 a los 16 años)

ALTERNATIVA: Ninguna.

DOCENTE: •TÍTULO: Estudios histórico-humanísticos (para los luteranos); estudios teológico-catequísticos (para los católicos). •IDONEIDAD: Ninguna. •REMUNERACIÓN: a cargo de la Administración Pública.

 

ESLOVAQUIA – SK 

República Parlamentaria. – Miembro de la UE desde 2004– Población 5.400.000 habitantes

RELIGIONES: católicos 62%; protestantes 7,9%; greco-católicos 3,8%; ortodoxos 0,8%; otras religiones 12%; no religiosos 13%

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Ministerio de Educación (Bratislava)

ESCUELAS CONFESIONALES: Escuelas católicas 8,1%; escuelas de minorías religiosas.

EEMR: Religiones de las diferentes confesiones cristianas; Ética.

BASE LEGAL: Constitución de 1993. Concordato de 2004; otros acuerdos con las distintas iglesias.

PERFIL CURRICULAR: Opcionalidad obligatoria entre Religión y Ética. Una hora en las estatales. Dos horas en las confesionales.

ALTERNATIVA: Ética no confesional.

DOCENTE: •TÍTULO: Diploma y Licenciatura académica en Ciencias Teológicas y Pedagógicas). •IDONEIDAD: Si. •REMUNERACIÓN: El Estado.

 

 ESLOVENIA – SI

República Parlamentaria. – Miembro de la UE desde 2004–Población 1.980..000 habitantes

RELIGIONES: católicos 57,8%; ortodoxos 2,3%; musulmanes 2,4%; otros cristianos 1%; otras religiones 20%; no religiosos 15%

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Ministerio de Educación (Liubliana)

ESCUELAS CONFESIONALES: No.

EEMR: Religiones; Ética.

BASE LEGAL: Leyes estatales (según la Constitución Estado e Iglesia están estrictamente separados)

PERFIL CURRICULAR: Facultativo aconfesional. 35 horas al año.

ALTERNATIVA: No.

DOCENTE: •TÍTULO: Diploma Universitario en Ciencias de la Religión o en Ciencias Humanas. •IDONEIDAD: No. •REMUNERACIÓN: Como los docentes estatales.

 

ESPAÑA- ES

Monarquía Parlamentaria. – Miembro de la UE desde 1986- Población 46.440.000 habitantes

RELIGIONES: católicos 69,8%; musulmanes 4%; protestantes 1,5%; no religiosos 25,2%

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Ministerio de Educación Cultura y Deporte (Madrid); 17 Comunidades Autónomas.

ESCUELAS CONFESIONALES: Escuelas católicas 18,40%.

EEMR: Religión católica; Religión Evangélica; Religión Islámica.

BASE LEGAL: Constitución de 1978. Acuerdos de cooperación con confesiones religiosas; Leyes de educación.

PERFIL CURRICULAR: Libre opción. De una a dos horas semanales.

ALTERNATIVA: Valores sociales y cívicos en Primaria. Valores Éticos en Secundaria. A escoger entre otras asignaturas específicas en Bachillerato.

DOCENTE: •TÍTULO: Titulación civil equivalente al nivel educativo que se va a impartir; estar en posesión de la DECA. •IDONEIDAD: Declaración de idoneidad eclesiástica del ordinario diocesano. •REMUNERACIÓN: A cargo del Estado.

 

 ESTONIA – EE 

República Parlamentaria. – Miembro de la UE desde 2004-Población 1.300.000 habitantes

RELIGIONES: ortodoxos 16,2%; protestantes 10,7%; católicos 0,4%; otras religiones 18% musulmanes 4%; no religiosos 54%

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Ministerio de Educación Cultura (Tallin).

ESCUELAS CONFESIONALES: 3 escuelas privadas: 1 católica, 1 ortodoxa, 1 cristiana (Christian Basic School).

EEMR: Estudio no confesional del Hecho Religioso.

BASE LEGAL: Constitución; decisiones del Gobierno posterior al marxismo (1991). Resoluciones del Consejo Estonio de Iglesias

PERFIL CURRICULAR: Facultativo para el alumno, obligatorio para la escuela. (se requiere un mínimo de quince alumnos por clase)

ALTERNATIVA: Ninguna.

DOCENTE: •TÍTULO: Diploma y Licenciatura en Teología y Pedagogía (Conferidos por la facultad de Teología de la Universidad de Tartu). •IDONEIDAD: No. •REMUNERACIÓN: A cargo de la Administración Pública.

 

 FINLANDIA – FI 

República Parlamentaria. – Miembro de la UE desde 1995- Población 5.500.000 habitantes

RELIGIONES: protestantes (luteranos) 73%; ortodoxos 1,1%; otras religiones 1,6% musulmanes 4%; no religiosos 24%

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Agencia Nacional de Educación (Helsinki).

ESCUELAS CONFESIONALES: ninguna. Existen solo algunas escuelas privadas aconfesionales.

EEMR: Religión Luterana como Hecho Cultural; Religión Ortodoxa (en presencia de un mínimo de tres alumnos).

BASE LEGAL: Legislación estatal; Ley de Libertad Religiosa de 2003

PERFIL CURRICULAR: obligatorio, con exámenes públicos. •Dos horas semanales.

ALTERNATIVA: Ninguna.

DOCENTE: •TÍTULO: docente no especializado en Primaria; especialista en Ciencias Religiosas en Secundaria. •IDONEIDAD: No. •REMUNERACIÓN: A cargo de las autoridades escolares locales, como para los demás docentes.

 

FRANCIA – FR 

República Semi presidencialista. – Miembro de la UE  desde 1957- Población 64.250.000 habitantes

RELIGIONES: católicos 43%; musulmanes 8%; protestantes 2%; otras religiones 2% no religiosos 45%

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Ministerio de Educación Nacional (Paris).

ESCUELAS CONFESIONALES: Escuelas católicas (17%); algunas escuelas protestantes, judías y musulmanas.

EEMR: Enseñanza del Hecho Religioso; Enseñanza Laica de la Moral. •Alsacia y Mosela (régimen concordatario): Religión Católica, Protestante, y judía.

BASE LEGAL: Ley de separación Estado – Iglesia (principio de laicidad) de 1905; Informe Debray de 2002; Le socie commun des connaissances de 2006.

PERFIL CURRICULAR: NO es una disciplina autónoma, sino una aproximación al hecho religioso dentro de los diferentes saberes disciplinarios.

ALTERNATIVA: No.

DOCENTE: •TÍTULO: Los titulares de las diversas materias están obligados a tratar la dimensión religiosa del propio programa; NB: en Alsacia y Mosela, enseñanza facultativa de Religión Católica, protestante, judía. •Dos horas semanales.

 

 GRECIA – EL 

República Parlamentaria. – Miembro de la UE desde 1981- Población 10.950.000 habitantes

RELIGIONES: Greco ortodoxos 90% (oficial del Estado); musulmanes 5%; católicos 2%; otros 3%.

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Ministerio de Educación Cultura y Culto (Atenas).

ESCUELAS CONFESIONALES: Escuelas católicas (11), con docentes y alumnos en su mayoría ortodoxos 95%.

EEMR: Religión Ortodoxa (doctrina e historia); Religión Islámica (en Tracia); Religión Católica (escuelas católicas). •Dos horas en Primaria, una hora en Secundaria.

BASE LEGAL: Constitución; Leyes estatales; la Iglesia ortodoxa vigila los contenidos históricos y dogmáticos.

PERFIL CURRICULAR: obligatorio (con facultad de exoneración para alumnos no ortodoxos).

ALTERNATIVA: Ninguna.

DOCENTE: •TÍTULO: diploma en Teología por universidades estatales. •IDONEIDAD: No. •REMUNERACIÓN: A cargo del Estado en las escuelas públicas y de las comunidades religiosas en las escuelas confesionales.

 

 HUNGRÍA – HU 

República Parlamentaria. – Miembro de la UE desde 2004- Población 9.850.000 habitantes

RELIGIONES: católicos 39%; calvinistas 16%; luteranos 3%; Greco católicos 3%; otras religiones 12%; no religiosos 23%.

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Ministerio de Educación (Budapest).

ESCUELAS CONFESIONALES: Escuelas católicas 8,1%; escuelas protestantes.

EEMR: Religión Católica; Reformada Luterana.

BASE LEGAL: Leyes estatales; acuerdo de 1190 con la Santa Sede; convenio de 2006 entre confesiones religiosas.

PERFIL CURRICULAR: Facultativo y fuera del horario escolar. •Dos horas semanales.

ALTERNATIVA: Ninguna.

DOCENTE: •TÍTULO: Certificado eclesiástico (formación catequística pastoral diocesana) •IDONEIDAD: Missio canónica (católicos); Vocatio (evangélicos) •REMUNERACIÓN: A cargo del Estado, a través de las diócesis o de las Iglesias locales.

 IRLANDA – IE

República Parlamentaria. – Miembro de la UE desde 1973- Población 4.750.000 habitantes

RELIGIONES: católicos 84,2%; anglicanos 2,8%; protestantes 1,4%; musulmanes 1,1%; ortodoxos 1%; no religiosos 6%.

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Departamento de Educación y Ciencia (Dublín).

ESCUELAS CONFESIONALES: Escuelas católicas 84%; algunas primeras escuelas musulmanas.

EEMR: Religión Católica; Monoteísmos Abrahámicos en las Tri-Faiths Schools; Ética Común en las escuelas primarias Educate Together.

BASE LEGAL: Constitución (arts. 42-44); acuerdos con la Iglesia.

PERFIL CURRICULAR: Obligatorio con facultad de exoneración (poco requerida). •Tres horas semanales en Primaria. Dos horas semanales en Secundaria.

ALTERNATIVA: Ninguna.

DOCENTE: •TÍTULO: Diploma de Instrucción religiosa (en Primaria); título especializado en Ciencias Religiosas (en Secundaria) •IDONEIDAD: Si. •REMUNERACIÓN: Salario estatal.

 

 ITALIA – IT 

República Parlamentaria. – Miembro de la UE desde 1957- Población 60.665.000 habitantes

RELIGIONES: católicos 74,5%; ortodoxos 1,8%; musulmanes 1,5%; otras religiones 5%; no religiosos 16%.

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Ministerio de Instrucción Universidad e Investigación (Roma).

ESCUELAS CONFESIONALES: Escuelas paritarias católicas 3,7%; escuelas de otras confesiones 0,5%.

EEMR: Religión Católica, “en el marco de las finalidades de la escuela”.

BASE LEGAL: Acuerdo de revisión del concordato de 1984; convenio de 1985; convenio de 2012.

PERFIL CURRICULAR: Obligatoria para la escuela, facultativa para el alumno. • Dos horas en Primaria. Una hora en Secundaria. •Alumnos inscritos 88% (media nacional)

ALTERNATIVA: Solo por iniciativa de escuelas individuales.

DOCENTE: •TÍTULO: Diploma (en Primaria); Maestría en Ciencias Religiosas (Secundaria) •IDONEIDAD: Si. •REMUNERACIÓN: A cargo del Estado.

 

LETONIA – LV 

República Parlamentaria. – Miembro de la UE desde 2004- Población 2.000.000 habitantes

RELIGIONES: luteranos 23%; católicos 21%; ortodoxos 15,5%; musulmanes 1,5%; otras confesiones cristianas 2%; no religiosos 35%.

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Ministerio de Educación y Ciencia (Riga).

ESCUELAS CONFESIONALES: Escuelas privadas gestionadas por seis denominaciones cristianas reconocidas (católicas 0,49%).

EEMR: Ética; Religión Cristiana (facultativa en Primaria); Historia de las Religiones (Facultativa en Secundaria).

BASE LEGAL: Constitución de 1991; Ley de Educación de 1998.

PERFIL CURRICULAR: Opcional.

ALTERNATIVA: Opción entre Ética (obligatoria) y otros cursos (facultativos)

DOCENTE: •TÍTULO: Diploma y licenciatura académica estatal. •IDONEIDAD: Si. •REMUNERACIÓN: A cargo del Estado.

 

LITUANIA – LT 

República Parlamentaria. – Miembro de la UE desde 2004-Población 3.300.000 habitantes

RELIGIONES: católicos 77%; ortodoxos 4,9%; otras religiones 2%; no religiosos 10%.

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Ministerio de Educación y Ciencia (Vilna).

ESCUELAS CONFESIONALES: Pocas escuelas privadas (católicas 1%).

EEMR: Religión Confesional: católica, ortodoxa, luterana, bautista, judía.

BASE LEGAL: Constitución de 1990; concordato de 2000.

PERFIL CURRICULAR: Opción obligatoria entre curso confesional y Ética. •Dos horas semanales.

ALTERNATIVA: Ética no confesional.

DOCENTE: •TÍTULO: estatal (8 semestres académicos para enseñar en Primaria, 12 para Secundaria). •IDONEIDAD: Missio canónica anual (solo para docentes católicos) •REMUNERACIÓN: A cargo del Estado.

 

LUXEMBURGO – LU 

Monarquía Parlamentaria. – Miembro de la UE desde 1957- Población 550.000 habitantes (40% de origen extranjero)

RELIGIONES: católicos 69%; musulmanes 2%; ortodoxos 1,9%; protestantes 1,8%; no religiosos 20%.

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Ministerio de Educación (Luxemburgo).

ESCUELAS CONFESIONALES: Algunas escuelas católicas.

EEMR: Curso Vida y Sociedad (ética y valores de la persona y de la convivencia social.

BASE LEGAL: Ley estatal de 2015; asentimiento colegial de las autoridades religiosas.

PERFIL CURRICULAR: Curso obligatorio desde 2016-2017.

ALTERNATIVA: No.

DOCENTE: •TÍTULO: Certificado de habilitación relativo al nuevo curso.  •IDONEIDAD: No. •REMUNERACIÓN: A cargo del Estado.

 

MALTA – MT 

República Parlamentaria. – Miembro de la UE desde 2004- Población 420.000 habitantes.

RELIGIONES: católicos 95%; musulmanes 0,8%; otras religiones 2,2%; no religiosos 2%.

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Ministerio de Educación (La Valeta).

ESCUELAS CONFESIONALES: Escuelas católicas.

EEMR: Religión Católica.

BASE LEGAL: Acuerdos con la Santa Sede (1989: religión en la escuela pública; 1991 escuelas católicas)

PERFIL CURRICULAR: Obligatorio (con facultad de exoneración).

ALTERNATIVA: No.

DOCENTE: •TÍTULO: Certificado eclesiástico. IDONEIDAD: No. •REMUNERACIÓN: A cargo del Estado.

 

PAISES BAJOS – NL 

Monarquía Parlamentaria. – Miembro de la UE desde 1957- Población 16.500.000 habitantes.

RELIGIONES: católicos 17%; protestantes 16%; musulmanes 6%; otras religiones 4%; no religiosos 57%.

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Ministerio de Educación (La Haya).

ESCUELAS CONFESIONALES: Escuelas católicas 29%; escuelas protestantes 27%.

EEMR: Instrucción Sobre las Religiones e Instrucción Bíblica en Primaria. Visiones de la Vida; Humanismos, en Secundaria.

BASE LEGAL: Constitución de 1920 (art 23.3); leyes estatales.

PERFIL CURRICULAR: Facultativa en escuelas públicas; obligatoria y escuelas confesionales. •Dos horas semanales.

ALTERNATIVA: No.

DOCENTE: •TÍTULO: Certificado eclesiástico. IDONEIDAD: No. •REMUNERACIÓN: A cargo de las Iglesias en las escuelas confesionales; salario estatal en las otras.

 

POLONIA – PL 

República Parlamentaria. – Miembro de la UE desde 2004-Población 38.500.000 habitantes.

RELIGIONES: católicos 88%; ortodoxos 1,3% protestantes 0,3%; otras religiones 2,5%; no religiosos 8%.

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO: Ministerio de Educación (Varsovia).

ESCUELAS CONFESIONALES: Escuelas católicas 1,3%.

EEMR: Religión Católica (frecuentado por el 95% de los estudiantes); enseñanzas minoritarias (ortodoxas, luteranas, metodistas, bautistas)

BASE LEGAL: Constitución de 1997; leyes estatales; concordato de 1993; convenio de 2000.

PERFIL CURRICULAR: Facultativo. •De una a dos horas semanales.

ALTERNATIVA: Ética.

DOCENTE: •TÍTULO: Estudios de Seminario (clero); Diploma de formación catequética (básica y superior). IDONEIDAD: Missio canónica del ordinario diocesano. •REMUNERACIÓN: A cargo del Estado.

 

 

Consejo de Europa, Asamblea Parlamentaria: Recomendación 1720, 2005 ξ 14

La enseñanza acerca de las religiones y creencias ha de impartirse de una forma justa, fiel a la verdad y basada en un sólido conocimiento académico. Los alumnos han de recibir información sobre las distintas religiones y creencias en un entorno respetuoso con los derechos humanos, las libertades fundamentales y los valores cívicos.

 

OSCE/ODIHR, Principios orientadores de Toledo, 2007, p.17

Competencias para una cultura de la democracia, documento editado por el Consejo de Europa en 2016, define los conocimientos y las competencias en materia de Religión (p.54):

  1. Conocimiento y comprensión de los principales aspectos de la historia y de los textos de las tradiciones religiosas presentes en un país dado.
  2. Conocimiento y comprensión de los símbolos y rituales religiosos, y de la utilización religiosa de la lengua.
  3. Conocimiento y comprensión de las características de las convicciones, de los valores, de las prácticas y de las experiencias de los que practican una fe religiosa dada.
  4. Comprensión del hecho de que las experiencias subjetivas y las expresiones personales de las religiones pueden variar respecto de las representaciones clásicas de los manuales de escuela refieren acerca de estas religiones.
  5. Conocimiento y comprensión de la diversidad de las convicciones y de las prácticas de una religión dada.
  6. Conocimiento y comprensión del hecho de que todos los grupos religiosos tienen miembros que contestan las doctrinas religiosas tradicionales, no tienen una identidad fija y están en perenne evolución.

 

La Asamblea del Consejo de Europa también recomienda que el Comité de Ministros anime a los gobiernos de los Estados miembros a asegurar que enseñan los estudios religiosos en los niveles primarios y secundarios de educación estatal, sobre la base de los criterios siguientes:

El objetivo de esta educación debe ser hacer que los alumnos descubran las religiones practicadas en sus propios países y en los vecinos, para hacerlos percibir que cada uno tiene el mismo derecho de creer que su religión “la fe verdadera” y que las otras personas no son seres humanos diferentes por tener religión diferente o por no tener religión.

Esto debería incluir, con imparcialidad completa, la historia de las religiones principales, así como la opción de no tener ninguna religión.

Esto debería proporcionar a los jóvenes los instrumentos educativos que les permitan estar seguros frente a los partidarios de una práctica fanática religiosa (…)

Los maestros en religiones necesitan tener una formación específica (…)

Las autoridades estatales deben cuidar de la formación del profesor e imponer los programas que deben ser adaptados a las particularidades de cada país y a las edades de los alumnos.

 

© Todos los contenidos de este estudio cuentan con el copyright del profesor Flavio Pajer, quien ha recogido y sistematizado la información de los Estados miembros de la UE. Algunos datos estadísticos, aunque oficiales, son estimativos y en evolución.

Biografía del profesor Flavio Pajer: Religioso lasaliano y estudioso de pedagogía religiosa comparada en el área europea. Es profesor de Pedagogía y Didáctica de las religiones en la Universidad Salesiana de Roma y profesor invitado en diversos centros académicos. Ha sido presidente del Foro europeo para la enseñanza de la religión y es actualmente consultor en la Intereuropean Comission on Church and School del Consejo de Europa y miembro del Consejo de Orientación Científica de Escuela Libre Francesa. Fuente: PPC-Editorial.es

El autor ha autorizado expresa y fehacientemente a la Consejería de ERE de la FEREDE a la publicación y difusión de estos contenidos.

Transcripción y edición: Fernando Ogando / Consejería de ERE de FEREDE